ALGUNAS REFLEXIONES Y APORTES PARA EL DEBATE
EN TORNO A LA LEY NACIONAL DE EDUCACIÓN

Conscientes de la necesidad de marcos normativos que den cuenta de los desafíos de la Educación en el siglo XXI, el Consejo Superior de Educación Católica se compromete con un proceso amplio y pluralista de debate sobre la elaboración de una Ley Nacional de Educación, desde la evaluación de las fortalezas y debilidades de la legislación anterior, que asumió los principios consensuados democráticamente en el Congreso Pedagógico Nacional del año 1988.

Acordamos con la preocupación del gobierno nacional y su iniciativa de poner a la educación en el centro de nuestra atención, tal como lo requiere el estado de crisis en el que la misma se encuentra y las implicancias de esta situación en el fritura de la Nación. Más allá de la necesidad de adecuar a los avances científico tecnológicos y a las demandas de la producción, debe encontrar los caminos que le permitan atender satisfactoriamente a miles de niños y jóvenes que sufren hoy en día el fracaso escolar al no reunir las condiciones necesarias para beneficiarse con la educación que se brinda en las escuelas. Es conocida la brecha que existe entre la educación que se ofrece en distintas regiones del país y en distintas escuelas de la misma región, así como las diferencias abismales que se observan en los rendimientos educativos. Se conoce también la proletarización y falta de jerarquización que padecen los docentes, las falencias que presentan los procesos de formación docente y las múltiples funciones que deben asumir en las instituciones educativas más allá de la tarea específica de educar. Los especialistas señalan que la educación en Argentina -muy lamentablemente- se encuentra en un estado de deterioro tal que se han comprometido las condiciones de una vida digna de muchos jóvenes y niños

Ante estas situaciones y en la presencia de un sistema educativo fragmentado, haciendo honor al protagonismo histórico de la Iglesia en su contribución a la edificación del Estado argentino, manifestamos la voluntad clara de participar en este momento histórico en la gestación de un proyecto educativo nacional, orientado a la búsqueda de "una educación de calidad para una sociedad más justa".

No obstante considerar que el tiempo definido en la convocatoria es insuficiente para el tratamiento de un tema de tal envergadura, adherimos al espíritu del documento que se nos ofrece para el debate, que enfatiza la voluntad del Estado Nacional de asumir su responsabilidad principal y garantizar la educación como un derecho inalienable de todas las personas y como un instrumento indispensable para hacer viable "una educación de buena calidad para todos"

A través de este documento acercamos a la comunidad educativa nuestras reflexiones sobre los siguientes temas que consideramos prioritarios en el debate ya que hacen a la definición de aspectos fundamentales de las políticas educativas:

A.      Las definiciones referidas a los principios y fines de la educación;

B.      El reconocimiento de la familia como agente primario de la Educación;

C.      Los aspectos que posibilitan el ejercicio de la libertad de enseñanza:

-       Los aportes del estado a la educación pública de gestión privada

-       El régimen laboral docente en instituciones públicas de gestión privada

D.      La necesidad de acordar políticas que garanticen una educación de calidad y el
         respeto de los principios del federalismo

 Además del aporte que hacemos llegar a través de estas reflexiones, se recomienda a las comunidades educativas, a los docentes, alumnos y padres de familia como preparación para la participación en el debate, la lectura del documento "Educación y Proyecto de Vida" de la Conferencia Episcopal Argentina.

A. De los principios y fines de la Educación Ver indice

Entendemos que un debate acerca de la educación que queremos para nuestro país debe partir necesariamente de la búsqueda de respuesta a interrogantes acerca de los fines de la educación, los que indudablemente deben apoyarse en una concepción antropológica. Consideramos de vital importancia la afirmación clara de la educación como un derecho básico e inalienable de la persona, la que no puede reducirse a categorías mercantilistas propias de la visión de libre mercado imperante en el mundo globalizado.

Si bien acordamos con el documento que afirma que la educación debe ser considerada "la variable clave de la estrategia de desarrollo nacional y es justo considerar que una educación de excelente calidad para toda la población permitirá alcanzar los objetivos de justicia social, crecimiento económico y ciudadanía democrática, que guían una estrategia de desarrollo sustentable". es preciso, en primer lugar, reconocer que cuando se habla de la educación es la existencia misma del hombre, como ser individual y como ser social, la que aparece comprometida.

Consideramos a la educación como algo propio del ser humano, y necesario, no tanto para regular su conducta sino para constituirlo hábil para el ejercicio de su condición humana. Antes de ser un hecho social, político o económico, es un fenómeno concreto que ocurre en una persona, en un tiempo y en un espacio determinado, que forma parte del proceso de desarrollo personal orientado a la búsqueda de una mayor perfección como persona, en el desarrollo de la capacidad de conocer la verdad, de la capacidad de amar, de la capacidad de hacer el bien.

Los sistemas educativos no son sólo piezas al servicio de la economía, del consumo o del progreso material, sino medios que deben ayudar al desarrollo en plenitud de las potencialidades humanas de todas las personas, por lo tanto las decisiones de políticas educativas deben ser planteadas primeramente desde un plano ético, valorando el respeto a la persona y a su desarrolló-por encima de un progreso material y valorando al trabajo como medio de realización personal y por ello derecho fundamental de todos.

Es por esto que el deterioro de la educación y la falta de equidad que lo sigue constituyen primeramente una responsabilidad ética, ya que afecta las posibilidades de desarrollo personal de quienes son los destinatarios de la educación, quienes tienen derecho a ser respetados en su dignidad, en su libertad de conciencia y a una formación integral.

Desde esta perspectiva y tal como se precisa en el apartado del documento para el debate, creemos imprescindible acordar que una educación de "buena calidad" es aquélla que, en primer lugar, apunta a la formación integral de todas las personas.

 Se entiende como formación integral al proceso educativo que hace posible el perfeccionamiento de las facultades o posibilidades propiamente humanas, que son la inteligencia, la voluntad, y la libertad, de una manera también propiamente humana, es decir, abiertas al compromiso con los otros y con la comunidad, y orientadas a la búsqueda de sentido de la propia vida, según las exigencias profundas del ser, en diálogo con la realidad que le toca vivir.

Al hablar de una formación integral se habla de una educación que atienda al hombre en todas sus dimensiones, individual, física, político-social , cultural, estética, ética, espiritual y religiosa.

Estas consideraciones nos llevan a señalar que el fin de la educación es posibilitar que el alumno se desarrolle como persona y que a través del ejercicio reflexivo, libre y democrático de sus capacidades propias, pueda definir un proyecto de vida personal sustentado en valores, abierto a una visión universal y trascendente de la realidad. Ciudadanos responsables, protagonistas críticos, creadores y transformadores de la sociedad, a través del amor, el conocimiento y el trabajo. Defensores de las instituciones democráticas y del medio ambiente, para el desarrollo de una sociedad y un país basados en los valores de libertad, paz, solidaridad, respeto, igualdad, justicia, responsabilidad y bien común, con proyección latinoamericana.

De acuerdo a lo enunciado se considera que es necesario que en el texto de la ley se formule explícitamente la concepción antropológica desde la que se prefiguran los fines propuestos para la educación de la Nación.

B. El reconocimiento de la familia como agente primario de la Educación Ver indice

De acuerdo a los principios, valores y derechos de raigambre natural y constitucional, consideramos a la educación:

como un derecho de todos como personas y como un deber moral que tienen los padres
respecto a sus hijos;

-       como un derecho y un deber que los padres de familia deben conocer, ejercer , hacer
respetar y asumir como responsabilidad.

La familia es el agente natural y primario de la educación y, como primera educadora , cuenta con los siguientes derechos y deberes

-       a participar y a ser reconocido como agente natural y primario de la educación;

-       a elegir el tipo de educación que, desde sus convicciones religiosas, filosóficas, antropológicas         y éticas consideren más apropiadas para sus hijos;

-       a la igualdad de oportunidades en servicios educativos de calidad.

-       a decidir en asuntos que hacen a la educación de sus hijos y a ejercer la libertad de          conciencia según lo  establece el Art. 12, inc 4 del Pacto de San José de Costa Rica (de          raigambre nacional)1 y el Art. 75 inc. 19 de la Constitución Nacional

-       a participar en las comunidades educativas, colaborando con la gestión educativa en el
        ámbito de su incumbencia;

1       Pacto San José de Costa Rica, art. 12, inc. 4: "Los padres y en su casos los tutores tienen derecho a que sus
hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral de acuerdo a sus propias convicciones"
2       Art. 75, inc. 19:

 -    a ser informados de la evolución y de la evaluación de los procesos educativos de sus hijos.

Creemos que estos principios deben quedar garantizados explícitamente en el texto de esta ley, a fin de garantizar en el Sistema Educativo Argentino la subsistencia de la educación pública tanto de gestión estatal como de gestión privada, ya que de otro modo se lesionaría gravemente el derecho de muchos padres.

C. Los aspectos que posibilitan el ejercicio de la libertad de enseñanza: Ver indice

En materia educativa la libertad de enseñar y de aprender que consagra el artículo 14 de la Constitución Nacional, requiere, de las leyes que regulan la política educativa, la garantía para su ejercicio a través de dos aspectos fundamentales.

c.1.- Los aportes del estado a la educación pública de gestión privada

 c.2.- E1 régimen laboral docente en instituciones públicas de gestión privada

C.1. La Educación Pública de Gestión Privada Los aportes estatales. Ver indice

"Garantizar el derecho de la familia a elegir la educación de los hijos", - tal como se señala en el apartado 5-, supone reconocer que ésta posee el derecho de elegir el tipo de educación que responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas, y que este principio se apoya y complementa con la "Libertad de enseñar y aprender" reconocida por la Constitución Nacional. Este reconocimiento permitió en nuestro país en la prestación de los servicios escolares, la integración de la gestión estatal y la gestión privada.

El reconocimiento de este derecho fundamental exige, para su concreción en la elección de la institución educativa que responda a sus requerimientos personales, de la oferta diversificada de institutos de educación pública, ya sean de gestión pública o de gestión privada.

Entre las pautas doctrinarias fundamentales referidas a los derechos de enseñar y aprender, debemos explicitar que "El Estado no puede imponer un tipo único de enseñanza obligatoria-ni religiosa ni laica- ... "no puede coartar la iniciativa privada en orden a la apertura y funcionamiento de establecimientos de enseñanza., "...nopuede negar reconocimiento a dichos establecimientos no oficiales, ni a los títulos y certificados que expiden... como tampoco crear privilegios lesivos a la igualdad a favor de los establecimientos oficiales de enseñanza, discriminándolos arbitrariamente frente a los privados "3

En el pensamiento del autor citado, la solución mas justa estriba en que el Estado fomente el pluralismo educacional en una sociedad libre y abierta, reconociendo a la escuela pública en su doble gestión estatal y privada, y que su expresión más justa radica en el reparto proporcional de los fondos destinados a la educación.

Es necesario que el Estado, no sólo permita sino que garantice, propuestas educativas alternativas a la oferta de educación pública de gestión estatal, que hagan factible la elección

3 (Bidart Campos Germán Manual de la Constitución Reformada Tomo II Ediar Buenos Aires Pag. 39).

que los padres desde sus convicciones decidan para la formación integral de sus hijos, coadyuvando al sostenimiento económico de aquellas iniciativas privadas que así lo requieran.

Es justo reconocer que la contribución estatal al sostenimiento económico de las escuelas católicas a través del pago de los sueldos de sus docentes, se complementa, en todos los casos, con el esfuerzo de la Iglesia en sus múltiples estratos, -diocesanos y congregacionales- que sostiene con recursos edilicios, materiales, didácticos y con otros aportes fundamentales una oferta educativa que sería imposible de mantener exclusivamente desde el erario público.

En consecuencia, no es posible ejercer la libertad de enseñar y aprender si los padres no cuentan con la posibilidad de elección, en igualdad de oportunidades, de la educación que desean para sus hijos.

C.2. Los derechos laborales del docente. Ver indice

Este tema es considerado en el Eje No 6 del documento que alude a "Garantizar el derecho de los docentes a condiciones dignas de trabajo, de formación y carrera". En el mismo se parte de la convicción que sólo se conseguirá una educación de calidad si se mejoran las calidades de la formación inicial y continua; se mejoren las condiciones de trabajo y se desempeñen en una carrera que permita su desarrollo profesional. Ello es requerido de una manera urgente para formar los profesionales docentes del Siglo XXI que deben intervenir en un cuadro social conflictivo, con un conocimiento en un rápido cambio y con tecnologías que han provocado modificaciones profundas en los procesos cognitivos.

El documento sostiene también que es necesario una política de jerarquización, articulación y dinamización de la formación docente, siendo también menester discutir las modalidades y condiciones de la carrera, la que debería contemplar diversas y novedosas posibilidades de ascenso.

En este estado se torna imprescindible distinguir mas allá de los fines, objetivos y fundamentos del apartado, y reconocer explícitamente.

-       atender al derecho que tienen todos los docentes a ser respetados en su libertad de
        conciencia4;

-       la necesaria equiparación salarial que debe existir entre los docentes que se desempeñan
        en instituciones educativa de gestión estatal e instituciones de gestión privada, que
        garantiza la jerarquización de la función docente y la existencia de un único sistema educativo;

-      que el vínculo laboral del profesional docente con su empleador difiere sustancialmente a que        sea en dependencia del Estado, en este caso Provincial, o de una entidad privada en sus        diversas configuraciones, ONGS, Asociaciones, Fundaciones y entidades religiosas o        confesionales.

4 Declaración Universal de los Derechos Humanos. Art 18

 De tal forma, es imprescindible dejar garantizado mediante el texto de la ley los derechos a la profesionalización, a la carrera y al perfeccionamiento de los docentes, que se desempeñen en ambos regímenes. -

Es del caso señalar que en lo concerniente al ingreso y promoción de los docentes del sector privado, estas condiciones deberán encontrarse adaptadas a las especiales características del vínculo laboral, regido por las normas del Derecho del Trabajo, con las necesarias adecuaciones reglamentarias, venidas de las vertientes del Derecho Administrativo y de los institutos que definen las particularidades de la educación de gestión privada.

Estas particularidades deben traducirse en las instituciones de educación pública de gestión privada, más allá del cumplimiento de los recaudos relativos a la titulación, antigüedad y desempeño como requisitos para el acceso a la carrera y las posteriores promociones, en el ineludible y concomitante respeto, del aspirante a cargos docentes, al ideario de la institución y la adhesión comprometida en todos sus aspectos al proyecto de la comunidad educativa. Tanto el Ideario como el Proyecto Educativo propio justifican y definen la oferta por sus orientaciones religiosas, éticas, filosóficas, socio-culturales, tecnológicas, deportivas, etc., donde se va a ejercer el derecho de los padres de elegir la educación de sus hijos. En consecuencia es atribución de las instituciones educativas de gestión privada designar y promover a todo su personal.

D. La necesidad de acordar políticas que garanticen una educación de calidad y el respeto de los principios del federalismo Ver indice

La tradición de las reformas o transformaciones educativas en nuestro país, ha sido atribuir los problemas educativos y la baja calidad a la falta de recursos financieros, acentuando también la responsabilidad en los mismos, a los docentes y a las instituciones escolares. Es necesario hacer una revisión general en estas cuestiones y considerar los problemas que existen en el diseño y seguimiento de las políticas públicas en materia de educación, atendiendo a la imprescindible necesidad de realizar un cambio profundo en la manera como los gobiernos vienen encarando el tema educativo y las innovaciones educativas en particular.

Las políticas que se han recomendado y adoptado en los últimos años, no están respondiendo satisfactoriamente a las realidades del sistema escolar y de los docentes en particular, y no han tenido los resultados esperados. Así también la discontinuidad de programas y proyectos que se inician y se suspenden o cambian de rumbo en los sucesivos cambios de gobiernos o de funcionarios, sin las evaluaciones y los reajustes necesarios, son factores que indudablemente se vinculan con la situación de emergencia que se presenta en nuestro sistema educativo

Estos datos son lo suficientemente reveladores como para exigir una reflexión de fondo en torno a las estrategias de cambio educativo que vienen ensayándose, y en torno a la definición y ejecución de las políticas públicas, destacando la urgente necesidad de atender a la evaluación de las mismas, sobretodo teniendo en cuenta los fracasos que se asignan a la legislación vigente sin haberse evaluado en ningún momento ni la eficacia de su aplicación ni las políticas públicas responsables de su implementación.

En el mismo orden que la exigencia de evaluación de las políticas públicas en una nueva Ley de Educación, es necesario garantizar un sistema federal en la organización del sistema educativo.

El federalismo es un eje clave de criterio político que organiza nuestro país. Este federalismo no es ni la centralidad del Estado nacional ni la autonomía absoluta de los estados provinciales, y necesita de la voluntad de lograr un Estado nacional que pueda resolver problemas en el espacio federal.

Al debatir acerca de un proyecto de ley para la educación nacional, es muy importante dejar espacios muy claros de construcción federal que permitan articular las características y necesidades regionales, sin concentrar las decisiones operativas, en la consolidación de un centro muy fuerte en el Estado Nacional tal como ocurre en el campo de la Formación Docente y de la Educación Técnica.

Asimismo, afirmamos la necesidad de la participación de la sociedad no sólo en la ejecución de las políticas y programas, sino en su formulación y discusión. La educación es asunto público y debe, por tanto, involucrar a todos sus actores y concitar su participación responsable. No basta con proclamar la participación e incluso con mostrarse favorable a ella, es preciso definir y habilitar tiempos y espacios, criterios y mecanismos concretos, para que se dé dicha participación como un dispositivo regular de los procesos educativos desde el nivel local hasta el nivel global, desde la escuela hasta las instancias ministeriales e intergubernamentales en que se define y decide la educación

Tanto en este ámbito, como en el de la evaluación de políticas públicas es importante destacar ese importante espacio que es el Consejo Federal de Educacional que debe funcionar como órgano de concertación, de articulación, de acuerdos y de evaluación., acciones que todavía no ha llevado a cabo eficientemente, vista la fragmentación que exhibe nuestro sistema educativo,

Además de los temas señalados y de la consideración de la educación como instrumento de la construcción de una sociedad más justa, en el debate acerca de la nueva Ley de Educación, se cree necesario poner énfasis en la definición de la estructura del sistema educativo adecuada a todas las jurisdicciones; en la redefinición de la misión de la escuela secundaria; en la adecuación de la institución educativa a la cultura juvenil emergente; en la posibilidad de las instituciones de elaborar sus propios proyectos educativos institucionales; en la atención a la relación entre educación y trabajo, y en la redefinición del sistema de formación docente

Reconocemos también que los cambios que reclama nuestro sistema educativo y la educación en general, para aproximarse a la propuesta de una educación de calidad para una sociedad más justa, demandan la elaboración de programas multisectoriales en el orden de lo social, lo económico y lo cultural, que de manera conjunta asuman las tareas y la responsabilidad que se ha depositado en los últimos tiempos en la escuela argentina.